Noticias
Servicio al cliente
Usuario:
Contraseña:
Captcha:  Code
Usted está aquí:Home > Noticias > Noticias de sector > El texto
La UE Prohíbe los Retardantes de Llama Halogenados en Pantallas Electrónicas
  

El 5 de diciembre de 2019, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó el Reglamento (UE) 2019/2021 que establece los requisitos de diseño ecológico para pantallas electrónicas de conformidad con ErP (2009/125/CE) y modifica el Reglamento (CE) no 1275/2008 de la Comisión con respecto a los requisitos de diseño ecológico para el consumo de energía eléctrica en modo de espera y apagado de los equipos domésticos y de oficina eléctricos y electrónicos.


Según el Punto D, el Anexo II de las nuevas Regulaciones de Ecodiseño para pantallas electrónicas, impone un nuevo conjunto de requisitos de "eficiencia de material" en las pantallas electrónicas cubiertas, y entrará en vigencia el 1 de marzo de 2021. El contenido principal incluye lo siguiente:

• El uso de retardantes de llama halogenados no está permitido en el recinto y el soporte de pantallas electrónicas;

• Los componentes plásticos que pesen más de 50 g se marcarán especificando el tipo de polímero con los símbolos estándar apropiados o términos abreviados, que contengan retardantes de llama, además se marcarán con el término abreviado del polímero seguido de guión, luego el símbolo 'FR' seguido del número de código del retardante de llama entre paréntesis;

• Pantallas electrónicas con un panel de pantalla en el que los valores de concentración de cadmio (Cd) en peso en materiales homogéneos superan el 0,01% según se define en la Directiva 2011/65 / UE sobre la restricción del uso de ciertas sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos, se etiquetará con el logotipo 'Cadmium inside'. El logotipo debe ser claramente visible, duradero, legible e indeleble. Un logotipo adicional de "Cadmio en el interior" debe estar firmemente sujeto internamente en el panel de la pantalla o moldeado en una posición claramente visible para los trabajadores una vez que se retire la cubierta posterior externa que lleva el logotipo externo. El logotipo tendrá la forma del siguiente gráfico:


1.jpg


• Los fabricantes, importadores o sus representantes autorizados se asegurarán de que las técnicas de unión, fijación o sellado no impidan la extracción, utilizando herramientas comúnmente disponibles, de los componentes indicados en el punto 1 del anexo VII de la Directiva 2012/19 / UE sobre RAEE o en el artículo 11 de la Directiva 2006/66 / CE, y pondrá a disposición, en un sitio web de libre acceso, la información de desmantelamiento necesaria para acceder a cualquiera de los componentes del producto.

 

URL:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=CELEX:32019R2021&from=EN

 

Servicio BACL:

BACL, con sede en Silicon Valley, es un organismo internacional de pruebas y certificación de terceros, global e integral. Actualmente, tenemos laboratorios de pruebas físicas y químicas en los Estados Unidos, Shenzhen, Dongguan, Xiamen entre otros, así mismo hemos acreditado las certificaciones de UKAS (Laboratorio No.: 7827), CNAS (Registro No .: L2408, L5662, L6290, L9963, L11432, IB0343), CPSC (ID de laboratorio: 1112, 1415, 1647), CMA (No .: 2016192126Z, 2015192413Z) y otras autoridades. Ofrecemos una gama completa de servicios de pruebas que cubren calzado, juguetes, textiles, ropa, cuero, joyas, comestibles, materiales en contacto con alimentos, cosméticos y productos eléctricos y electrónicos, etc. Podemos ayudar a las empresas a completar el control preciso de todo Cadena industrial desde las materias primas hasta los productos terminados.