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Las últimas noticias丨DOE ha publicado un aviso del Registro Federal de reglamentación propuesta (NOPR) relacionada con los estándares de conservación de energía para lámparas de servicio general (GSL) ¡El 16 de diciembre de 2022!
  

El 16 de diciembre de 2022, el DOE publicó  un aviso del Registro Federal de reglamentación propuesta (NOPR) relacionada conlos estándares de conservación de energía para lámparas de servicio general (GSL). La Ley de Política y Conservación de Energía (EPCA) ordena al DOE iniciar dos ciclos de reglamentación para los GSL que, entre otros requisitos, determinan si los estándares vigentes para los GSL deben modificarse. EPCA también requiere que el DOE determine periódicamente si los estándares más estrictos serían tecnológicamente factibles y económicamente justificados, y resultarían en ahorros significativos de energía. En este NOPR, el DOE propone estándares modificados para GSL de conformidad con su autoridad estatutaria en EPCA, y también anuncia un seminario web para recibir comentarios sobre su propuesta y los análisis y resultados asociados.

• El DOE aceptará comentarios, datos e información sobre este NOPR hasta el 27 de marzo.

• Las personas interesadas pueden enviar comentarios identificados por el número de expediente EERE-2022-BT- STD-0022, por correo electrónico GSL2022STD0022@ee.doe.gov , Portal federal  de reglamentación electrónica (http://www.regulations.gov).

• El DOE realizará un seminario web el miércoles 1 de febrero de 2023, de 1 p.m. a 4:00 p.m. Regístrese en el sitio web del seminario web: https://doe.webex.com/weblink/register/r315526ee5ccfed3dd182471eb8239586

• Los ciudadanos extranjeros interesados en participar en este seminario web deben serseleccionados por la Oficina de Seguridad de la Sede del DOE antes de que se les conceda acceso. Envíe un correo electrónico a Regina.Washington@ee.doe.gov para completar la documentación necesaria al menos dos semanas antes de la fecha programada de la reunión.

• La información adicional de registro del seminario web, las instrucciones para los participantes y la información sobre las capacidades disponibles para los participantes del seminario web se publicarán en el sitio web del DOE: https://energy.gov/eere/buildings/public-meetings-and-comment-deadlines


Normas de conservación de energía EERE-2022-BT-STD-0022

(1) Requisitos para la lámpara de servicio general (GSL)

i. La lámpara incandescente de servicio general (GSIL) fabricada después de las fechas especificadas en las tablas a continuación, tendrá un índice de reproducción cromática mayor o igual a 80 y tendrá una potencia nominal no mayor que los valores que se muestran en la tabla a continuación:

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ii. Laslámparas incandescentes de servicio general mmm espectrativas modificadas fabricadas después de las fechas especificadas en la tabla siguiente tendrán un índice de reproducción cromática mayor o igual a 75 y tendrán una potencia nominal no mayor que los valores que se muestran en la tabla a continuación:

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iii. Unfluorescente compacto de base media desnudo o sobre (sin reflector) fabricado a partir del 1 de enero de 2006 debe cumplir o superar los siguientes requisitos:


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iv. Cada lámpara de servicio general fabricada a partir del 25 de julio de 2028 debe tener:

A. Un factor de potencia mayor o igual a 0,7 para las lámparas LED integradas (como se define en el §430.2) y 0,5 para las lámparas fluorescentes compactas integradas (como se define en el apéndice W de la subparte B); y

B. Una eficacia de la lámpara mayor o igual a los valores mostrados en la tabla siguiente:


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(2) Las lámparas fluorescentes compactas de base media (como se definen en §430.2) fabricadas a partir del 25 de julio de 2028 deberán cumplir o superar los siguientes estándares:


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(3) Lámparas con una base de tornillo medio o cualquier otra base de tornillo no definida en ANSI C81.61-2006; destinado a un servicio general o una aplicación de iluminación general (ya sea incandescente o no); que puedan funcionar a una tensión al menos parcialmente dentro del nivel de110 a 130 voltios; y fabricados o importados después del 25 de julio de 2028 deberán cumplir o superar las siguientes normas:


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El 9 de mayo de 2022, el DOE emitió nuevas regulaciones para lámparas de servicio general

El 9 de mayo de 2022, el DOE anunció dos nuevas regulaciones de energía  para lámparas de servicio general

Nueva regulación del DOE uno: EERE-2021-BT-STD-0012-0022 (Definición de regulaciones de ampliación)

Nueva regulación dos del DOE: EERE-2021-BT-STD-0005-0070 (regulaciones de información suplementaria, la eficiencia no es inferior al límite de 45 lm / w)

 

Nuevas regulaciones del DOE para lámparas de servicio general Fecha de vigencia:

DOE nuevo reglamentouno: entró en vigor el 8 de julio de 2022. El objetivo principal de las nuevas regulaciones es reintroducir los requisitos de definición para la lámpara de servicio general (GSL) y la lámpara incandescente de servicio general (GSIL), que se incorporaron formalmente a las regulaciones finales en enero de 2017.

DOE nuevaregulación dos: Para complementar los requisitos de límite de información, todas las GSL (lámparas de servicio general) deben tener una eficiencia no inferior a  45 lm/w. Las lámparas de servicio general de menos de 45 lm/w tienen prohibido entrar en el mercado estadounidense. La regulación entró en vigencia el 25 de julio de 2022.

 

Lámpara de servicio general (GSL)definición:

GSL incluye lámparas que cumplen cada una de las siguientes condiciones:

1. Toda la base ANSI;

2. es capaz de funcionar a una tensión de 12 voltios o 24 voltios, entre 100 y 130 voltios, entre 220 y 240 voltios, o de 277 voltios  para lámparas integradas,  o puede funcionar a cualquier tensión para lámparas no integradas;

3. tenga una salida de lúmenes inicial superior o igual a 310 lúmenes (o 232 lúmenes para las lámparas incandescentes de servicio general de espectro modificado) e inferior o igual a 3300 lúmenes;

4. no es una lámpara; no es unkit de retroadaptación de downlight LED; y se utiliza en aplicaciones de iluminación general;

5. Las lámparas de servicio general incluyen, pero no se limitan a, lámparas incandescentes de servicio general, lámparas fluorescentes compactas, lámparas de diodo emisor de luz de servicio general ylámparas de diodo emisor de luz orgánica de servicio general.

 

GSL no incluye:


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Lámpara incandescente de servicio general (GSIL)definición:

GSIL incluye lámparas que cumplen cada una de las siguientes condiciones:

1. una lámpara estándar de tipo incandescente o halógena destinada a aplicaciones de servicios generales;

2. Base E26;

3. tenga una gama de lúmenes no inferior a 310 lúmenes ni superior a 2.600 lúmenes o, en el caso de una lámpara de espectro modificado, no inferior a 232 lúmenes ni superior a 1.950 lúmenes;

4. y puede funcionar en un rango de voltaje al menos parcialmente dentro de 110 y 130 voltios

 

GSIL no incluye:



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Los estándares de métodos de prueba aplicables para los productos de iluminación del DOE son los siguientes:

 

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Servicio BACL:

BACL es el laboratorio de pruebas Energy Star, el organismo de certificación y el laboratorio de pruebas de verificación acreditado por la EPA. Al mismo tiempo obtenemos la autorización y el reconocimiento de NVLAP (Código de laboratorio: 200707-0), IAS (Nº de acreditación: TL-749), CNAS (Nº de registro: L2408, L5662, L6290, L9963, L11432, IB0343), A2 LA (Nº de certificado: 3297.01, 3297.02, 3297.03), etc. Respectivamente tienen sitios de prueba en EE.UU., Shenzhen, Dongguan y Kunshan, tales lugares. Con la capacidad de completar la detección de envejecimiento de eficiencia energética de 60,000 luces al mismo tiempo. BACL es actualmente un laboratorio de pruebas de eficiencia energética a gran escala en China.

 

Podemos proporcionarle servicios de prueba y certificación,como US Energy Star, DLC, DOE, CEC Title20, CEC Title24, LDL, FTC  Label, European Union ErP, Canada NRCan, UK EST, Australia GEMS / VEET / IPART, Energy Efficiency Label ELI, Hong Kong Energy Efficiency Label y etc.